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Uno de los cambios más llamativos que introduce la Ley 35/2003 de 4 de Noviembre es la eliminación de la clasificación de fondos que establecía la ley del 84. Así, se elimina la distinción entre FIM, FIAMM, etc., reagrupando los fondos bajo la tipología de “instituciones de inversión colectiva de carácter financiero” (excepto básicamente los inmobiliarios). Sin perjuicio de ello, esta clasificación se sigue empleando en estudios y con fines estadísticos, pero al no ser necesaria legalmente genera flexibilidad a la gestión del fondo.
Para concretar la política de inversión de un fondo, las IIC deberán definir claramente su vocación inversora, de tal forma que el inversor conozca con precisión a qué categoría de las establecidas por la CNMV pertenece la institución.
Además, como se explica en otros apartados, la nueva ley permite a las gestoras de fondos crear fondos con compartimentos, con políticas de inversión, gastos y beneficios diferenciadas.
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