Fiscalidad de Regímenes Especiales:
País Vasco. Vivienda.
 

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Se aplica una deducción por inversión en vivienda habitual, que se corresponde con el 15% (o 25% en caso de menores de 35 años o familias numerosas) a las cantidades invertidas en el ejercicio. La suma de los importes deducidos por este concepto por el contribuyente no podrá superar los 30.000 euros. En el caso de familias numerosas, se aplica una deducción adicional a las familias numerosas (15% en concepto de inversión o financiación de la vivienda con el límite de 1.000 euros, ampliable a 1.500 en el caso de familias numerosas de segunda categoría o de honor).

Se aplica una deducción por alquiler de vivienda habitual, por la que el contribuyente podrá deducirse el 20%, con un límite máximo de 1.200 euros anuales, de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por alquiler de la vivienda habitual del contribuyente. Los menores de 35 años o los miembros de familias numerosas, el 25% con una máximo de 1.500 euros.