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Existe plena libertad de precio en cuanto a la fijación de comisiones por parte de las entidades financieras. Sin embargo, los bancos y las cajas deben tener a disposición de los clientes en sus oficinas un folleto explicativo que contenga las comisiones máximas que pueden cobrar por sus servicios y el importe de los gastos que puedan repercutir.
El Banco de España no permite que las entidades financieras cobren por talonario o adeudo de cheque en propia cuenta.
Las cuentas corrientes y libretas suelen cobrar dos clases de comisiones. La primera es la relativa al mantenimiento , que se cobra por el mero hecho de tener abierta una cuenta. La segunda comisión es el cobro de los apuntes realizados en cuenta .
Es importante que nos fijemos en las comisiones que nos cobran las entidades debido al bajo rendimiento de los depósitos por la caída de los tipos de interés. Si el depositante soporta unas fuertes comisiones, le acaba costando tener la cuenta abierta.
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