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Cuando usted vende participaciones de un fondo de inversión, la entidad gestora tiene la obligación de practicarle una retención a cuenta del 15% sobre la ganancia obtenida y eso independientemente de la antigüedad acumulada en esas participaciones. En realidad esa retención es simplemente un pago adelantado a Hacienda. Luego en el momento de hacer la declaración, al año siguiente, ajustará cuentas con ella.
En la práctica por ejemplo si usted invirtió 10.000 EUR en un fondo de inversión y lo vende con una ganancia de 1.000 EUR, en realidad usted no va a recibir 11.000 EUR sino 10.000 + 1.000 - (1.000 x 0,15) = 10.850 EUR. Por supuesto si usted, en vez de obtener una ganancia, sufre una pérdida en este caso la entidad gestora no le retendrá nada.
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