Fiscalidad de Fondos de Inversión:
Fondos garantizados
 

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Los Fondos de inversión garantizados son Fondos de inversión que garantizan todo o parte del capital invertido, además de una rentabilidad mínima prefijada para un determinado período de tiempo. La rentabilidad suele ir ligada a la evolución de un índice bursátil. La diferencia con el resto de fondos radica en que en este tipo de fondos la rentabilidad de la inversión puede provenir de la garantía o de la transmisión de las participaciones.

- Si procede de la garantía: estamos ante un rendimiento de capital mobiliario, sometida a una retención a cuenta del 18%.

- Si procede de la transmisión de las participaciones: se calificaría fiscalmente como una ganancia o pérdida patrimonial. El valor de reembolso que debe tenerse en cuenta para fijar la variación patrimonial depende del valor liquidativo de las participaciones en el momento en que se produce la desinversión. Para atender a ese valor se debe seguir un método FIFO, que implica que las primeras participaciones que se venden son las primeras que se compraron. A partir de 1 de febrero de 1999, las transmisiones de participaciones están sometidas a una retención del 15% sobre la diferencia positiva entre el valor de transmisión y el valor de adquisición de las participaciones.