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Un contribuyente compra su vivienda habitual en 2004 por 120.000 euros. Financia 80.000 euros a 20 años y el resto lo paga al contado. Durante el año 2004 paga una anualidad de 8.800 euros (capital más intereses).
¿Qué deducción se puede aplicar?
La financiación que requiere el contribuyente es superior al 50% del valor de la vivienda. Por lo tanto, se puede aplicar la deducción.
La deducción a practicar sería:
Se invierten 8.800 €. Hasta 4.507,59 € se aplicaría un 16,75% en tramo estatal y un 8.25% en tramo autonómico por ser el primer año. Al resto se le aplicaría un 10,05% en tramo estatal y un 4,95% en tramo autonómico.
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Tramo Estatal |
Tramo Autonómico |
Hasta 4.507,59 |
755,02 |
371,88 |
Resto |
431,39 |
212,47 |
Total |
1.186,41 |
584,35 |
Total = 1.770.76
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