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Un contribuyente debe valorar a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio 2003 un inmueble urbano situado en Madrid adquirido en 1973 por 50.000 euros. Su valor catastral es de 250.000 euros.
Valor adquisición: 50.000 €
Valor comprobado: no hay
Valor catastral: 250.000 €
Luego se computará por el valor catastral. 250.000 €
En el supuesto de que fuese la Vivienda Habitual del contribuyente, a este valor tendríamos que restarle 150.253,03 euros que estarían exentos.
250.000,00 - 150.253,03 = 99.746,97
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