Guía de Pensiones: Fondos de pensiones. Definición.
 

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Los fondos de pensiones son patrimonios, sin personalidad jurídica propia , formados por el conjunto de aportaciones de los partícipes más todos los rendimientos generados (es decir, más el resultado de las inversiones atribuibles a dichas aportaciones, deduciendo los gastos que le sean imputables). Son creados para dar cumplimiento al Plan/ Planes integrados en él, de forma que distintos planes de pensiones pueden instrumentarse a través de un mismo fondo (o lo que es lo mismo, distintos planes pueden invertir en el mismo fondo de pensiones). Cada plan mantendrá una Cuenta de Posición en el Fondo de Pensiones al que esté adscrito, la cual representa la participación económica del Plan en el fondo. Los partícipes tendrán certificados de pertenencia, que no serán transmisibles.

Los fondos de pensiones son administrados por una entidad gestora con el concurso de un depositario , y bajo la supervisión de una Comisión de Control.

Antes de la constitución de un fondo de pensiones, la entidad o entidades promotoras deberán solicitar una autorización administrativa ante la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones del Ministerio de Economía. Ello se hará en escritura pública otorgada por la entidad o las entidades promotoras y se inscribirán en el Registro especial administrativo que al efecto se establezca y en el Registro Mercantil.

En los planes de pensiones se constituirá una comisión de control del fondo , representativa de los planes de pensiones adscritos. La comisión de control no será precisa cuando el fondo de pensiones integre exclusivamente planes del sistema individual promovidos por la misma entidad.

Los acreedores de los Fondos de Pensiones no podrán hacer efectivos sus créditos sobre los patrimonios de los promotores de los Planes y de los partícipes, cuya responsabilidad está limitada a sus respectivos compromisos de aportación a sus Planes de Pensiones adscritos.

El patrimonio de los Fondos no responderá por las deudas de las entidades promotora, gestora y depositaria.