Guía de Pensiones: Planes de pensiones de personas con discapacidad. Fiscalidad.
 

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La aportaciones podrán deducirse de la base imponible del IRPF, con un límite máximo de 24250 euros. En este sentido, cuando concurran varias aportaciones a favor del minusválido, en primer lugar serán objeto de reducción las aportaciones realizadas por el propio minusválido, y sólo si las mismas no alcanzaran el límite de 24.250 euros señalado, podrán ser objeto de reducción las aportaciones realizadas por otras personas a su favor en la base imponible de éstas, de forma proporcional sin que, en ningún caso, el conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que realizan aportaciones a favor de un mismo minusválido pueda exceder de 24.250 euros.

Las prestaciones se integran en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como rendimiento de trabajo.

En el caso de que se reciban en forma de renta le será aplicable un porcentaje de reducción a los rendimientos íntegros de trabajo (para el cálculo del rendimiento neto del trabajo) en el IRPF hasta un límite igual a dos veces el salario mínimo interprofesional (SMI: 12.633,60 € para 2003).

En caso de que las prestaciones se percibiesen en forma de capital , el porcentaje de reducción a los rendimientos íntegros de trabajo (para el cálculo del rendimiento neto del trabajo) en el IRPF será del 50% siempre que hayan pasado más de dos años desde la primera aportación.