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Los fondos de pensiones podrán invertir en diversos tipos de activos, entre los cuales se encuentran:
- Los valores y derechos de renta fija y variable admitidos a negociación en mercados regulados, incluidos aquellos que den derecho a la suscripción o adquisición de los mismos.
- Acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva reguladas en la Ley 35/2003, siempre que el reglamento de los fondos o los estatutos de las sociedades cuyas participaciones o acciones se prevea adquirir no autoricen a invertir más de un 10% del activo de la institución en acciones o participaciones de otras instituciones de inversión colectiva.
- Depósitos en entidades de crédito que sean a la vista, siempre que la entidad de crédito tenga su sede en un Estado miembro de la UE, y siempre que estén nominados en monedas que se negocien en mercados de divisas de la OCDE.
- Bienes inmuebles y derechos reales inmobiliarios que reúnan ciertos requisitos.
- Instrumentos financieros derivados admitidos a negociación en un mercado organizado de derivados sobre tipos de interés, tipos de cambio, acciones, divisas, dividendos o índices bursátiles, cumpliendo con determinados requisitos, valores, títulos de renta fija e instrumentos financieros derivados, no admitidos a negociación en mercados regulados, cumpliendo determinados requisitos.
- Otros posibles activos que pueda autorizar el Ministerio de Economía como aptos pata la inversión por parte de los fondos de pensiones.
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El contenido y propiedad intelectual de esta guía corresponden a NOESIS ANÁLISIS FINANCIERO, S.L. Caja Madrid y Noesis A.F. en ningún caso garantizan la rentabilidad de la inversión efectuada ni hacen recomendación alguna sobre la evolución de cualquier activo financiero.
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